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Manual de Convivencia Institucional

CONSEJO DE DIRECCIÓN

 

ACUERDO 01 DE 2013

Por el cual de adopta el Manual de Convivencia INNOVAPRO

EL CONSEJO DE DIRECCIÓN  DE LA INSTITUCIÓN PARA LA INNOVACIÓN Y EL PROGRESO – INNOVAPRO, en ejercicio de sus atribuciones,

 

ACUERDA:

Adoptar el presente Manual de Convivencia INNOVAPRO, expresado en los siguientes capítulos y artículos:

 

CAPÍTULO I

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

 

Artículo 1.           Misión.  La Institución para la Innovación y el Progreso INNOVAPRO es una entidad educativa para el trabajo y el desarrollo humano, de naturaleza privada, que ofrece una formación integral laboral, académica e informal, en las metodologías presencial, a distancia y virtual, para la formación de personas íntegras, comprometidas con el desarrollo, con competencias ciudadanas y laborales, visión global y valores éticos.

 

Artículo 2.           Visión.  La Institución para la innovación y el progreso INNOVAPRO está comprometida con el reto de ser una institución de excelencia, reconocida por la calidad de la formación integral que ofrece para el trabajo y el desarrollo humano, en un contexto de aprendizajes significativos, mentalidad innovadora y aplicación del conocimiento.

 

Artículo 3.           Principios institucionales.  Siendo coherentes con los planteamientos previos, INNOVAPRO, como institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo, maneja los siguientes principios institucionales:

La Formación Integral.  Implica la convicción y el compromiso con la formación de los individuos en todas las dimensiones de la personalidad, y el desarrollo de todas sus múltiples potencialidades con fundamento en los conocimientos propios de las ciencias experimentales, sociales y humanas, incorporando un pensamiento técnico, el compromiso con el desarrollo sostenible del entorno, la educación estética, y el disfrute de la literatura y las artes, en todas sus manifestaciones.

Pertinencia social. La creación, posicionamiento, permanencia y actualización de programas académicos de formación técnica responderá siempre a los requerimientos de formación del talento humano, competente en conocimientos y desempeños, para intervenir el desarrollo regional y nacional. 

Equidad. El acceso y permanencia de los individuos a la institución están amparados por el derecho de todos a la educación sin ningún tipo de discriminación.

 

Liderazgo. El liderazgo es la consecuencia natural de la autonomía y se expresa en todas las actividades que las personas realizan dentro de la institución o fuera de ella.

 

Responsabilidad Social. INNOVAPRO se asume, como un proyecto de ciudad comprometido con el desarrollo humano y el crecimiento social y económico del municipio de Bello y el Norte del Valle de Aburrá.

 

Espíritu creativo e innovador. El modelo pedagógico de INNOVAPRO, en articulación con los docentes procura la generación de escenarios propicios que estimulen la iniciativa personal, la imaginación, la capacidad creativa y la mentalidad innovadora en las actuaciones cotidianas y a la hora de resolver o evitar problemas y crear oportunidades de mercado mediante soluciones técnicas o tecnológicas asumiendo riesgos aún en situaciones de incertidumbre y cambios súbitos.

 

La autonomía. “Ser Autónomo”.  Es la  capacidad del individuo,  cultivada progresivamente por la educación,  para  decidir con libertad y responsabilidad sobre las actividades a asumir tanto en el campo moral como en el intelectual

 

Artículo 4.           Objetivos del Proyecto Institucional.  Son objetivos del Proyecto Educativo Institucional los siguientes:

 

Objetivos generales

 

  • Garantizar con experiencia y calidad la prestación de servicios de formación para el trabajo y el desarrollo humano que satisfagan las expectativas de los estudiantes y los  requerimientos del mercado laboral y el sector social dentro del marco normativo vigente.

 

  • Formar integralmente personas capaces de enfrentar los retos que nos plantea el nuevo milenio y los desafíos de la globalización y con una mentalidad innovadora transformadora del entorno.

 

  • Promover las potencialidades de las personas que integran la institución educativa, permitiéndoles desarrollar sus competencias, su capacidad crítica, su solidaridad, su creatividad, la capacidad de trabajo en equipo y su mentalidad innovadora, mediante la participación activa en los diferentes eventos culturales, curriculares, deportivos y recreativos realizados con tal fin.

 

Objetivos específicos

 

  • Desarrollar, desde los procesos de formación y en todos los estamentos de la institución, el interés por  un ejercicio responsable de la libertad y  el ser críticos de la realidad circundante.

 

  • Propender la incorporación de una actitud proactiva y actuaciones con espíritu creativo e innovador.

 

  • Estimular la buena comunicación con sus semejantes.

 

  • Procurar el rompimiento  de condicionamientos que les impidan su realización personal, colectiva y comunitaria.

 

  • Impartir una formación que permita la expresión y comunicación con los demás.

 

  • Facilitar la expresión del afecto, la sensibilidad y el respeto en las relaciones consigo mismo y el entorno.

 

  • Crear en los miembros de la comunidad educativa una conciencia y sensibilización sobre las injusticias sociales.

 

  • Procurar el compromiso sobre la construcción de una sociedad más justa y más humana.

 

Artículo 5.           Compromisos del Proyecto Educativo Institucional.  El desarrollo  del proyecto  educativo  institucional está fundamentado en los siguientes compromisos, que se asumen también como orientaciones y estrategias:

 

Responsabilidad de INNOVAPRO. Formar  seres humanos competentes  para el  trabajo  y  el  desarrollo humano.

Implicación y compromiso de los docentes. Docentes proactivos  y  líderes de la academia, la  técnica, la  tecnología  y  la  investigación. Con  altos  niveles  de capacidad  para  trabajar  en  equipo y  con  espíritus de  servicio.

 

Personal  administrativo. Compromiso  permanente  con la  innovación en  mejoramiento  continuo  y   la  satisfacción de las  expectativas  laborales  y  empresariales. Administración  con  estilo gerencial y enfoque  basado  en  procesos.

Clima institucional. Facilitación  de  un clima  institucional  en  lo laboral  y  lo  educativo que  fomente la  alegría  la  espiritualidad,  la  ética,  la  responsabilidad y  una  gran  competencia  técnica  en  el desarrollo de  sus  respetivas competencias laborales.

 

Expectativas. Consolidación  de  las oportunidades laborales y  la bolsa de inserción laboral  para los estudiantes. Mejoramiento  de los  ambientes  y  oportunidades  para  el equipo  docente  y de  apoyo.

Instalaciones físicas. En  excelentes condiciones  para  el  aprendizaje, con  dotación adecuada y suficiente y con  tecnología  de punta.

 

Metodología docente. Direccionada desde el  aprender  haciendo, fundamentada  en  las competencias básicas,  transversales,  especificas, laborales, ciudadanas,  de  emprendimiento empresarial, comprometida con la protección del  medio ambiente.

 

Artículo 6.           Compromisos del personal docente.   Los miembros del personal docente de INNOVAPRO realizarán su actividad en el marco de los siguientes compromisos, que constituyen los referentes fundamentales para la consolidación de comunidad académica:

 

  •  Excelencia académica. El personal académico desarrollará su actividad dentro de los estándares de calidad propios de su área de conocimiento y de las actividades de investigación, formación, extensión y gestión.

 

  •  Formación integral. El personal académico deberá constituirse en factor fundamental para la formación integral del estudiante, como persona culta y miembro responsable de una sociedad, y como profesional idóneo y honesto, capaz de identificar y resolver problemas.

 

c.          Autonomía. Como una condición necesaria para la creación, la innovación y la formación, el personal académico gozará de autonomía para el ejercicio de sus actividades consustanciales a la labor académica y, en particular, se le garantizará la libertad de pensamiento, de cátedra, de expresión y de asociación.

 

 

d.          Responsabilidad social. En armonía con la autonomía, el personal académico, obrará con responsabilidad ante la sociedad, la institución, sus pares académicos y los estudiantes.

 

e.          Compromiso con la investigación. La formación debe orientarse a promover una relación activa con el conocimiento y la actividad del investigador no puede considerarse necesariamente ajena a la tarea de la enseñanza sistemáticamente reflexionada o a la de quienes se ocupan en el territorio de la aplicación de lo aprendido, reconociendo los problemas propios de la aplicación y estudiándolos con continuidad y rigor.

 

f.           Formación y desarrollo de competencias. La formación de INNOVAPRO deberá orientarse fundamentalmente al desarrollo de competencias, esto es a la capacidad para el manejo del conocimiento y de las relaciones sociales o de interacción en diferentes formas y en diferentes niveles y contextos. La formación y desarrollo de competencias deben favorecer la reflexión sistemática y crítica, la interpretación permanente del aprendizaje en situaciones contextualizadas, el desarrollo de la capacidad de someter a juicio los argumentos racionales, la capacidad de analizar, argumentar e investigar, la capacidad de apertura al diálogo, la capacidad de aprender por sí mismo, la capacidad de analizar las implicaciones sociales, políticas y económicas.

 

g.          Diversidad. Toda actividad académica deberá desarrollarse sobre la base del reconocimiento y el estímulo a la diversidad de personas, del pensamiento y de la acción, sin perjuicio de la búsqueda de consensos sobre asuntos fundamentales para INNOVAPRO.

 

h.          Respeto a la dignidad humana e igualdad. En ejercicio de su actividad, el académico brindará a los miembros de la comunidad institucional un tratamiento centrado en el respeto a la dignidad humana y que no implique preferencias  o discriminaciones por razones sociales, económicas, políticas, de género, de raza, culturales, ideológicas o religiosas.

 

i.           Transparencia. Las decisiones y acciones desarrolladas en la labor académica deberán estar dentro de la cultura de la legalidad y deberán ser visibles a la comunidad académica y a la sociedad.

 

j.           Compromiso con lo institucional. El personal académico en cumplimiento de sus funciones contribuirá al fortalecimiento de los valores asociados con INNOVAPRO y comprometerá su relación con el saber en el aporte a la construcción de la nacionalidad colombiana.

 

k.          Solidaridad y convivencia. El personal académico deberá realizar su labor dentro del mayor espíritu de cooperación y solidaridad con el ejercicio del diálogo y la argumentación para la solución de conflictos y construcción de espacios de convivencia.

 

l.           Participación y reconocimiento. En el marco de las normas legales e institucionales, la participación en las orientaciones académicas e institucionales se constituye en un derecho y en un deber del personal académico y, a su vez, éste debe ser valorado por la institución y por sus pares de acuerdo a sus méritos y talentos.

 

Artículo 7.           Compromisos del personal estudiantil.  Los estudiantes de INNOVAPRO realizarán su actividad en el marco de los siguientes compromisos:

 

  • Ser un estudiante dinámico, creativo, innovador, emprendedor, con capacidad de liderazgo.

 

  • Ser un estudiante comprometido con su propia formación.

 

  • Ser un estudiante con autonomía para actuar por convicción, con capacidad de autorregularse y actuar dentro de los principios éticos.

 

  • Ser un estudiante con calidad humana y respetuoso de la dignidad humana.

 

  • Ser un estudiante crítico y reflexivo con capacidad de afrontar la realidad y de asumirla con responsabilidad.

 

  • Ser un estudiante participativo con el convencimiento de que su aporte personal es importante en el desarrollo de las diferentes actividades.

 

  • Ser un estudiante con sentido de pertenencia.

 

Artículo 8.           Objetivos del Manual de Convivencia INNOVAPRO.  Son objetivos de este Manual de Convivencia INNOVAPRO los siguientes:

 

  • Inculcar en los miembros de la comunidad INNOVAPRO los fundamentos de comportamientos básicos para el desarrollo de la filosofía institucional.

 

  • Establecer parámetros de comportamiento y de sana convivencia, basados en la filosofía institucional para todos los miembros de INNOVAPRO, con sujeción  a la Constitución Política y normatividad vigente.

 

  • Facilitar la solución oportuna de los conflictos y el respeto a la dignidad humana.

 

  • Desarrollar el sentido de pertenencia institucional, mediante la práctica de los diferentes aspectos contemplados en este Manual.

 

  • Promover el desarrollo integral de todos los miembros de INNOVAPRO.

 

  • Generar oportunidades que permitan unas óptimas relaciones humanas basadas en el respeto, la confianza, el diálogo y la amistad.

 

CAPÍTULO II

PROCESO DE ADMISIÓN

 

Artículo 9.           Aspirante.  Todo aspirante a ingresar a INNOVAPRO, debe cumplir con todos los trámites y requisitos determinados por la entidad, en las fechas fijadas en el calendario académico y ceñirse al plan de estudios vigente al momento del ingreso.  El incumplimiento total o parcial de las normas anteriores causa la pérdida del derecho de admisión.

 

Artículo 10.        Requisitos.  INNOVAPRO  se reserva el derecho de admisión de estudiantes, así como la organización interna para lo cual establece los siguientes criterios:

  • Adquisición voluntaria del “Formulario de Inscripción”.

 

  • Análisis de su Hoja de Vida, en la que debe aparecer: Datos personales, historial  académico con sus respectivos certificados.

 

  • Entrevista, el alumno procederá a la entrevista en la Dirección Académica para conocer sus razones de vinculación, responsabilidad y compromiso con los procesos educativos.

 

  • Certificados de estudios cursados y conducta.

 

Parágrafo.                    Algunos de estos documentos harán parte de la matrícula

 

CAPÍTULO III

PROCESO DE MATRÍCULA

 

Artículo 11.        Matrícula.  La matrícula es el convenio entre INNOVAPRO y el estudiante, por medio del cual la Institución se compromete a respetar y valer sus derechos y darle una formación integral y el estudiante a mantener un rendimiento académico aceptable y a cumplir con todos los deberes establecidos en el presente Reglamento, de tal forma que exista un ambiente propicio para el desarrollo armónico de formación en el proceso de enseñanza aprendizaje.

Mediante la matrícula el aspirante adquiere la calidad de alumno regular de la Institución.

 

Artículo 12.        Requisitos.   Si el estudiante ha cumplido con los criterios del proceso de admisión, se procede a efectuar la matrícula en los días señalados para tal efecto, anexando  los siguientes documentos: (también aplica para estudiantes antiguos)

Para estudiantes nuevos:

 

  • Formulario de Inscripción

 

  • Acta o Diploma de Grados (copia)

 

  • Certificado de estudios si se encuentra cursando los grados 10º u 11º

 

  • Fotocopia de tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía.

 

  • Recibo de cancelación de los derechos de inscripción.

 

  • Dos (2) fotos recientes del estudiante tamaño 3 x 4  cm, a color.

 

  • Certificado de la EPS

 

Para estudiantes antiguos:

 

  • Autorización de Matrícula.

 

  • Recibo de cancelación del costo de matrícula.

 

Parágrafo.    Para INNOVAPRO, es indispensable que cada estudiante cumpla con las fechas para matrículas establecidas con la debida anticipación.  No obstante, INNOVAPRO ofrece la oportunidad de realizar matrículas extraordinarias.

 

Artículo 12.        Procedimiento.  El procedimiento administrativo de la matrícula comprende las etapas de liquidación, pago de los derechos, asesoría y registro de asignaturas.  Debe realizarse para cada período académico en las fechas fijadas por el Consejo de Dirección y personalmente por cada estudiante.

 

Parágrafo.            El proceso de asesoría se desarrollará bajo la orientación del Coordinador del respectivo programa, quien velará por el cumplimiento de los procedimientos académicos de tal forma que se realice la adecuada selección en el registro de asignatura a que tiene derecho el estudiante, respetando secuencialidad, horarios y demás normas reglamentarias.

 

Artículo13.         Matrícula ordinaria.  La matrícula ordinaria comprende el pago de los derechos de matrícula y el proceso de asesoría y registro de asignaturas. Ambos deben cumplirse en la fecha estipulada por el Consejo de Dirección.

 

Artículo 14.        Matrícula extraordinaria.  La matrícula extraordinaria es aquella que se realiza en fecha posterior a la fijada por el Consejo de Dirección y para ésta se tiene en cuenta el pago y la asesoría realizada extemporáneamente.

Las matriculas extraordinarias tendrán un recargo del diez por ciento (10%) sobre el valor de la matrícula ordinaria y la fecha límite para ellas también será fijada por el Consejo de Dirección.

 

Artículo 15.          Modalidades de matrícula. El estudiante podrá matricularse, previa autorización del Director Académico, bajo las siguientes modalidades:

 

  • Matrícula por semestre: Es aquella que se realiza para un período académico.

 

  • Matrícula por Módulo: Es aquella que se realiza por cada uno de los módulos que compone el plan de estudios.

 

  • Matrícula por programa académico: Es aquella que se realiza para todo el plan de estudio.

 

  • Matrícula por asignatura: es aquella que se realiza por solo una asignatura del plan de estudios

 

Artículo 16.        Adición de asignaturas.  El Departamento de Admisiones y Registro, es la única dependencia de la Institución autorizada para aprobar adición de asignaturas.  Solo podrán hacerse adiciones en la primera semana de cada periodo académico, previa autorización del Director Académico

 

Artículo 17.        Cancelación de asignaturas.  La cancelación de una o varias asignaturas será tramitada por el estudiante ante el Departamento de Admisiones y Registro, previa autorización del Director Académico y siempre que no hayan transcurrido más de ocho semanas del respectivo periodo académico.

 La cancelación de la totalidad de las asignaturas implica la cancelación de la matricula y el retiro del estudiante por lo menos un periodo académico. Deberá tramitarse ante  el Departamento de Admisiones y Registro, antes del inicio de las evaluaciones parciales.

 

Artículo 18.          Retiros sin cancelación.  Cuando el estudiante se retire de una, varias o la totalidad de las asignaturas sin la autorización de su cancelación, se le registrará la nota que se obtenga del promedio de las evaluaciones. En aquella(s) donde el estudiante no se hubiere presentado se registrará(n) con cero, cero (O.O).

 

Artículo 19.        Cancelación de matrícula.  Es procedente la cancelación de la matricula por las siguientes causas académicas:

  • Obtención del promedio crédito ponderado inferior a tres (3.0) en el respectivo período académico.

 

  • La pérdida de dos asignaturas por segunda vez cuando se cursan simultáneamente.

 

  • La pérdida de una asignatura por tercera vez.

 

Estas causas operan después de habilitaciones y de notas definitivas.

 

CAPÍTULO IV

 

REGLAMENTACIÓN ACADÉMICA

 

Artículo 20.        Reglamento Académico.  El Consejo Académico expedirá el reglamento Académico, el que contemplará, entre otros aspectos, lo relacionado con el sistema de evaluación y de calificación, asistencia, rendimiento académico, registro de calificaciones, clases de cursos, convalidación, certificados académicos.

 

Artículo 21.        Costos educativos.  Los costos educativos serán asignados por el Consejo de Dirección, así como su incremento. Estos costos se sujetarán a la autorización de la Secretaría de Educación y Cultura del Municipio de Bello.

Los costos inicialmente aprobados por el Consejo de Dirección son los siguientes:

 

COSTOS EDUCATIVOS

 

SERVICIOS

VALOR

 

Matrícula por nivel:

$ 500.000

 

Inscripción

$ 30.000

 

Examen(recuperación, supletorios, reconocimiento de saberes)

$ 30.000

 

Carnet estudiantil

$ 10.000

 

Expedición de certificados y constancias

$ 10.000

 

Derecho de obtención del certificado de Técnico Laboral o de conocimientos académicos

$ 100.000

 

Seguro de accidentes

$20.000

 

Curso informal valor 1 crédito:

$ 150.000

 

Artículo 22.        Jornadas y horarios.  La jornada en INNOVAPRO será de lunes a viernes y una especial del día sábado.  Los horarios serán en franjas distribuidas desde las 6:00 am hasta 9:00 pm y los días sábados de 7:00  am a 5:00 pm.  El estudiante en la matrícula establecerá cuál de la  opción  horaria presentada le es más conveniente para su asistencia

 

CAPÍTULO V

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

 

Artículo 23.        Deberes de los estudiantes.  Son deberes de de los estudiantes:

 

a.          Participar activamente en la elaboración, divulgación y puesta en práctica del presente Manual de Convivencia.

 

b.          Respetar mediante un adecuado trato a toda la comunidad educativa.

 

c.          Cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas por el Instituto.

 

d.          Presentarse puntualmente a las clases de acuerdo con los horarios establecidos y la programación publicada.

 

e.         Presentar cumplidamente las actividades propuestas en los diferentes programas así haya faltado a la institución.

 

f.           Conservar una adecuada presentación personal dentro de las instalaciones de la Institución.

 

g.          Cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias de la institución y restituir cualquier implemento al que cause                      daño o deterioro.

 

h.          Utilizar adecuadamente los recipientes de basura.

 

i.           Acatar los llamados de atención y aclararlos de buenas maneras si hubiere lugar a ello.

 

j.           Cumplir con los correctivos después del debido proceso estipulado por el presente Manual de Convivencia.

 

k.          Responsabilizarse de sus pertenencias y respetar las ajenas.

 

l.           Conservar buen comportamiento tanto en las aulas como en los demás espacios de la institución.

 

m.        Utilizar adecuadamente las unidades sanitarias

 

n.          Respetar la vida propia y ajena, evitando el porte de armas, elementos corto punzantes, el consumo y expendio de                  drogas nocivas para la salud, como alucinógenos, bebidas embriagantes, estimulantes y medicamentos sin la debida              prescripción médica.

 

o.          Asistir a las horas de clase y demás actividades de la institución.

 

p.          Usar un vocabulario apropiado en todo momento, evitando el uso de palabras soeces o que puedan ofender a otros.

 

q.          Presentarse a la institución en condiciones normales, es decir, sin estar bajo los efectos del alcohol o de alguna                         sustancia psicotrópica.

 

r.           Portar el documento que lo identifica como miembro de INNOVAPRO.

 

s.          Efectuar los pagos de forma oportuna y a través de los medios que la institución tiene dispuestos para tal fin.

 

t.           Ajustarse a los Reglamentos internos de cada una de las dependencias de la institución.

 

Articulo 24.        Derechos de los estudiantes.   Son derechos de los estudiantes:

 

a.          Recibir buen trato por parte de todos los miembros de IINOVAPRO

 

b.          Elegir y ser elegido en cargos de representación.

 

c.          Recibir una orientación educativa que promueva su desarrollo integral como persona.

 

d.          Recibir una adecuada capacitación de acuerdo con el Plan de estudios para el cual se  matriculó en la Institución.

 

e.          Participar en las actividades recreativas y culturales que programe INNOVAPRO.

 

f.           Fomentar su autoestima por medio de un trato afectivo y justo.

 

g.          Recibir oportunamente sus trabajos, exámenes y tareas corregidos y evaluados dentro del periodo académico                          correspondiente.

 

h.          Solicitar permiso para salir o entrar del salón de clase cuando exista justa razón.

 

i.           Ser estimulado por parte de la institución por su rendimiento académico.

 

j.           Utilizar las dependencias, elementos y servicios de la institución con la debida autorización.

 

k.          Solicitar el inicio oportuno de cada clase.

 

l.           Recibir del profesor clases organizadas y preparadas.

 

m.        Recibir orientación e instrucción hacia la excelencia académica, profesional y personal.

 

n.          Recibir tratamiento justo de acuerdo con el conducto regular y el debido proceso cuando se presenten conflictos                     comportamentales o académicos.

 

CAPITULO VI

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

 

Artículo 25.   Objetivo del Régimen Disciplinario. El régimen disciplinario como parte del proceso educativo, tiene como objetivo asegurar una eficiente prestación del servicio educativo, fomentar la responsabilidad y el comportamiento ético, garantizar a los estudiantes la imparcialidad y el respeto mutuo entre los miembros de la Institución.

 

El régimen disciplinario está orientado a prevenir y corregir las conductas contrarias a la vida institucional.  Se entiende por conducta contraria a la vida institucional aquella que atenta contra el orden académico o contra La Ley, los estatutos y reglamentos de la Institución.

 

Artículo 26.        Conductas que atentan contra el orden académico.  Son conductas que atentan contra el orden académico:

  • Fraude en la actividad evaluativa: Se entiende por fraude copiar o tratar de copiar a un compañero en cualquier actividad evaluativa, usar o tratar de usar información sin la autorización del profesor o facilitar en cualquier forma a otros, que lo hagan.

 

  • Sustracción de cuestionarios: Se entiende como talla sustracción u obtención de cuestionarios o parte de exámenes o pruebas evaluativas y el hecho de enterarse de su contenido en forma deliberada.

 

  • Suplantación: Se entiende por suplantación, la falsificación de un escrito, en forma tal que altere el contenido que antes tenía, al igual que sustituir a un estudiante en la presentación de una actividad evaluativa, o permitir ser sustituido en ella.

 

  • La falsificación de documentos, exámenes, calificaciones, uso de documentos supuestos y la alteración de la verdad por cualquier otro medio, para fines académicos, administrativos y legales.

 

Artículo 27.        Conductas que atentan contra el orden disciplinario.   Son conductas que atentan contra el orden disciplinario:

 

  • Obstaculizar o impedir las actividades académicas y administrativas de la institución y la aplicación de los reglamentos vigentes.

 

  • Impedir la libertad de cátedra o de aprendizaje mediante cualquier tipo de coacción.

 

  • Atentar física o moralmente contra los miembros de la comunidad educativa.

 

  • Usar indebidamente con fines distintos, los bienes muebles e inmuebles, instalaciones, documentos y materiales de INNOVAPRO.

 

  • El comercio, suministro y consumo de drogas enervantes, estupefacientes, en los predios e instalaciones de la Institución.

 

  • Todo daño material causado a la planta física y demás elementos de la Institución.

 

  • La tenencia o almacenamiento de explosivos, armas de fuego o blancas, o cualquier elemento que permita presumir su uso contra la vida o la integridad física de las Personas o que pueda emplearse para destruir o dañar los bienes de la Institución.

 

  • Coartar o impedir la participación de los integrantes de la comunidad educativa, en los recesos de elección de sus representantes ante los diferentes organismos de dirección y asesoría de la Institución.

 

Artículo 28.        Calificación de las faltas.   Las faltas contra el orden académico y disciplinario para efectos de la sanción, se calificarán como graves o leves, de acuerdo con su naturaleza, el grado de participación, sus efectos, las circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del infractor.

 

Artículo 29.        Circunstancias agravantes.   Son circunstancias agravantes, las siguientes:

 

  • Reincidir en la comisión de faltas.

 

  • Realizar el hecho en complicidad con estudiantes u otros servidores de la Institución.

 

  • Cometer la falta para ocultar otra.

 

  • Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él.

 

  • Rehuir la responsabilidad o atribuirla a otro u otros.

 

  • Preparar deliberadamente la falta y las modalidades empleadas.

 

  • Infringir varias obligaciones con la acción o la omisión.

 

Artículo 30.        Circunstancias atenuantes.   Son circunstancias atenuantes:

 

  • La buena conducta anterior.

 

  • Haber sido inducido a cometer la falta por un superior docente o administrativo.

 

  • Confesar la falta oportunamente.

 

  • Procurar por iniciativa propia, resarcir los daños o compensar los perjuicios causados.

 

Artículo 31.        Criterios.  De igual manera para determinar la sanción se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 

  • Naturaleza de la falta y sus efectos.

 

  • Las modalidades y circunstancias del hecho se apreciarán según el grado de participación en la comisión de la falta y la existencia de circunstancias agravantes o atenuantes.

 

  • Los motivos determinantes se apreciarán según se haya precedido por innobles o fútiles o por nobles o altruistas.

 

  • Los antecedentes personales del infractor.

 

Artículo 32.        Sanciones.  De acuerdo con la gravedad de las faltas que atentan contra el orden disciplinario, las sanciones serán las siguientes:

  • Amonestación verbal.

 

  • Amonestación, escrita con copia a hoja de vida.

 

  • Suspensión temporal de la matrícula, la que no podrá ser superior a dos periodos académicos.

 

  • Matricula condicional.

 

  • Cancelación de la matricula

 

  • Expulsión, la que no podrá ser superior a cinco (5) años.

 

Parágrafo.            Los fraudes comprobados serán sancionados por la autoridad competente, de acuerdo con la gravedad de la falta.  El fraude o intento de fraude en una actividad evaluativa,  será sancionado con el no logro de la competencia.

 

Todas las sanciones disciplinarias se harán constar en la hoja de vida académica del estudiante.

 Las sanciones disciplinarias, serán aplicadas por la Institución, sin perjuicio de las acciones penales cuando hubiere lugar a ello.

 

El no pago a tiempo de los valores adeudados a la institución por concepto de financiación del programa, ocasionará intereses de mora y gastos de cobranza.

 

 

CAPÍTULO VII

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

 

Artículo 33.        Competencia para sancionar. Las sanciones de amonestación privada y amonestación pública, serán impuestas por el Coordinador. La matrícula condicional y la inadmisión de matrícula serán impuestas por el Rector del Instituto; .La suspensión temporal de la matrícula, la cancelación de la misma y la expulsión serán impuestas por el Consejo de Dirección.

 

Artículo 34.        Comité Disciplinario.  Créase el Comité Disciplinario para la realización de las investigaciones disciplinarias y estará integrado por el Director Académico, un representante de los docentes y un representante de los estudiantes, designados éstos por el Rector.

 

Artículo 35.        Debido Proceso.   Todo procedimiento debe sujetarse al debido proceso, teniendo en cuenta la legalidad de la falta, la legalidad de la sanción, causal de agravación, causal de atenuación, competente para sancionar y respeto al derecho de la defensa.

 

Artículo 36.        Procedimiento. Conocido el hecho constitutivo de falta grave disciplinaria el Director Académico convocará al Comité Disciplinario para analizar si existen o no méritos para iniciar la correspondiente investigación disciplinaria. Si el Comité Disciplinario no encuentra méritos para continuar el procedimiento, archivará el asunto sin más trámites. En caso de existir méritos para continuar con el procedimiento dispondrá de cinco (5) días hábiles contados a partir del conocimiento del hecho para formular al estudiante los cargos y notificárselos.  A partir de la fecha de notificación el estudiante dispone de diez (10) días hábiles para presentar sus descargos y las pruebas que considere pertinentes.

 

Artículo 37.        Término Investigativo.  El Comité Disciplinario dispondrá de quince (15) días contados a partir de la fecha de su convocatoria para conocer el asunto, para realizar la investigación, allegar las pruebas y efectuar todas las diligencias conducentes al esclarecimiento de los hechos, además para calificar y determinar la gravedad.

Una vez evaluada la conducta y calificada su gravedad, determinará la sanción que será aplicada, si es de su competencia, o remitirá el expediente al Director Académico o al Rector si la competencia para sancionar es de ellos, según lo dispone este reglamento.

 

Artículo 38.        Recursos.  Comunicada una sanción, el estudiante puede interponer recurso de reposición ante el competente sancionador, el que se debe hacer dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la respectiva notificación; asimismo, puede interponer recurso de apelación ante el superior inmediato de éste y en última instancia ante la Secretaría de Educación y Cultura del Municipio de Bello.

 

 

CAPÍTULO VIII

 

DOCENTES

 

Artículo 39.        COMPROMISO Misional.  El compromiso del personal académico en el contexto de la misión institucional, es primordialmente con la formación de los futuros técnicos, a quienes deben dotar, dentro de un marco ético, de las herramientas conceptuales y metodológicas y de las destrezas necesarias para el desempeño como técnicos laborales, asimismo contribuir a la formación integral, la consolidación de la democracia y la construcción de la nación colombiana.

 

Artículo 40.        Calidad.  El cuerpo académico de la institución está conformado por personas que ejercen directamente las funciones de enseñanza teórica o práctica, de acuerdo con su vinculación pueden ser de cátedra, tiempo completo o contratistas.

  • Instructores de cátedra: son personas que son contratadas para un periodo máximo de 18 horas semanales

  • Instructores de tiempo completo: son académicos contratados con dedicación de tiempo completo a la institución y dedicación primordial a la docencia.

  • Contratistas. Son académicos contratados para un proyecto específico.

 

Artículo 41.        Asignación académica.  Corresponde a la Rectoría establecer el número mínimo y máximo de horas semanales de cátedra o lectivas que desarrollen los docentes.

 

Artículo 42.        Derechos de los docentes.   Son derechos de los docentes:

 

a.          Recibir buen trato por todos los miembros de la institución.

 

b.          A elegir y ser elegido como representante a Cuerpos Directivos y Comités.

 

c.          A tener libertad cátedra, de pensamiento responsable y libre de opinión para el debate y la sana critica, en torno a                  los aspectos académicos, disciplinarios y pedagógicos del Instituto dentro del marco del PEI.

 

d.          A ser evaluado de manera justa, objetiva, equitativa, concertada y continua sobres su desempeño profesional, que                   resalte la dignidad de su quehacer y el valor de su misión.

 

e.          A recibir estímulos en forma individual y colectiva por las actividades de innovación académica, de investigación                      pedagógica y de proyección a la comunidad.

 

f.           Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales que para tal efecto                       estén determinadas.

 

g.          A que se le respete el debido proceso en caso de presentarse una falta disciplinaria.

 

Artículo 43.        Deberes de los docentes.   Son deberes de los docentes:

 

  • Cumplir las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, de las Leyes, y  normas de la Institución.

 

  • Desempeñar con responsabilidad y eficiencia las funciones inherentes a su cargo.

 

  • Concurrir a sus actividades y cumplir la jornada de trabajo a que se ha comprometido con la institución.

 

  •  Observar las normas inherentes a la ética de su profesión y a su condición de docente.

 

  •  Planear, evaluar y controlar el proceso académico de las asignaturas que sirve en la Institución.

 

  • Asesorar en el proceso de aprendizaje al alumno para que éste aprenda a buscar activamente la información por medio de la identificación y el uso racional de los recursos disponibles.

 

  • Desarrollar actividades académicas inherentes a su función docente.

 

  • Elaborar y mejorar continuamente los medios didácticos para su aplicación en los procesos enseñanza y aprendizaje.

 

  • Actualizar periódicamente los contenidos de las asignaturas.

 

  • Dar trato respetuoso a las autoridades de la Institución, colegas, discípulos y dependientes.

 

  • Observar una conducta acorde con la dignidad de su cargo y de la Institución.

 

  • Ejercer la actividad académica con objetividad intelectual y respeto a las diferentes formas de pensamiento y a la conciencia de los educandos.

 

  •  Abstenerse de ejercer actos de discriminación política, racial, religiosa o de otra índole.

 

  • Responder por la conservación de los documentos, materiales y bienes confiados a su guarda o administración.

 

  •  Participar de los programas de extensión y de servicio de la Institución.

 

  • Abstenerse de presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos o drogas enervantes.

 

Artículo 44.        Vinculación y evaluación de desempeño.  La vinculación y la evaluación del desempeño de los docentes se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento del Personal Docente.

 

Artículo 45.        Capacitación.  Los docentes tendrán derecho a participar en programas de actualización y perfeccionamiento.  El Consejo Académico adoptará anualmente un plan de capacitación.

 

 

CAPÍTULO IX

BIENESTAR INSTITUCIONAL

 

Artículo 46.        Propósito.  Construir un ambiente integral de bienestar que genere un clima organizacional que favorezca el desarrollo personal y colectivo y propicie la consolidación de una comunidad educativa, mediante una cultura de bienestar que genere sentido de pertenencia, responsabilidad compartida y ambientes de vida saludable.

 

Artículo 47.        Servicios.  INNOVAPRO prestará servicios de primeros auxilios, servicios de promoción de la salud, servicios de desarrollo humano, servicios de cultura y servicios de recreación y deporte.

 

CAPÍTULO X

PERSONAL ADMINISTRATIVO

 

Artículo 48.        Derechos y deberes.  El personal administrativo de INNOVAPRO se sujetará a lo dispuesto en el contrato laboral y en el Reglamento Interno de Trabajo.

 

CAPÍTULO XI

ESTÍMULOS

 

Artículo 49.        Estímulos a los estudiantes.  Se entiende por estímulo el reconocimiento a los estudiantes de INNOVAPRO que se destaquen en las diferentes actividades.  Son estímulos para los estudiantes los siguientes:

 

  • Matrícula de honor.  Se le otorga al estudiante que haya alcanzado el mayor promedio crédito en el semestre inmediatamente anterior en un programa académico, siempre y cuando éste sea superior a cuatro punto cinco (4.5).

 

  • Mención de honor social. Es el reconocimiento a los estudiantes sobresalientes en un año académico en las artes, cultura, deportes, servicio a la comunidad y práctica empresarial.  Es otorgado por el Consejo Académico.

 

  • Becas sociales.  El Consejo de Dirección otorgará anualmente dos becas completas para estudiantes de bajos recursos.

Parágrafo.            La Sala General tendrá la competencia para establecer y reglamentar estímulos para los estudiantes.

 

Artículo 50.        Estímulos a los docentes.  Los docentes tendrán derecho a los siguientes estímulos:

  • Profesor sobresaliente.  Reconocimiento anual al mejor docente de INNOVAPRO con fundamento en obtener el mejor puntaje en la evaluación de desempeño.  Consiste en un diploma entregado por el Consejo de Dirección.

 

  • Capacitación.  Participación en programas de actualización y perfeccionamiento.

 

  • Participación en eventos.  El Consejo de Dirección atenderá las solicitudes de los docentes para su participación en eventos académicos y culturales.

 

CAPÍTULO XII

COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL

 

Artículo 51.        Comité.  Créase el Comité de Convivencia Institucional para evaluar y ajustar permanentemente el Manual de Convivencia, asimismo, para prever y resolver conflictos comunitarios.

El Comité está integrado por:

 

  • El Rector que lo presidirá

 

  • El Director Académico

 

  • El Director Administrativo

 

  • El Coordinador de Bienestar

 

  • Un representante de los docentes

 

  • Un representante de los estudiantes

 

Parágrafo. El representante de los docentes y el represente de los estudiantes serán designados por el Consejo de Dirección.

 

Artículo 52.        Reformas al Manual de Convivencia.  Teniendo en cuenta que todos los que hacen parte de INNOVAPRO tiene derecho de sugerir modificaciones o adiciones al Manual de Convivencia, se debe proceder así: cualquier miembro puede presentar por escrito sus solicitudes ante el Rector y éste las presentará para su estudio y decisión al Comité de Convivencia Institucional.  Las decisiones se llevarán al Consejo de Dirección para su inclusión.

 

CAPÍTULO XIII

DISPOSICIONES FINALES

 

Artículo 53.        Delegación.  Delegase en el Rector de INNOVAPRO la facultad para interpretar y expedir las normas complementarias del presente Manual de Convivencia.

 

Artículo 54.        Ignorancia.  La ignorancia del Manual de Convivencia no podrá invocarse como causa de justificación de su inobservancia,

 

Artículo 55.        Vigencia.   El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.

Aprobado en el Municipio de Sabaneta, en el mes de mayo de 2013

 

JOSÉ MARDUK SÁNCHEZ CASTAÑEDA

Presidente Consejo de Dirección

 

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